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Pensión de Sobreviviente entre Cónyuge y Compañera

A traves del siguiente cuadro comparativo se fundamentan las condiciones y modalidades legales de la pensión de sobreviviente entre cónyuge y compañera, mediante las  cuales puede causarse dicho derecho como beneficiarias de la prestación periodica pensional.

BENEFICIARIO PENSIÓN SOBREVIVIENTE
MODALIDAD PENSIÓN SOBREVIVIENTE
CONDICIONES
Cónyuge o Compañero permanente, mayor de 30 años de edad.

Vitalicia

Edad cumplida al momento del fallecimiento y demuestre vida marital durante los 5 años anteriores a la muerte.
Compañero permanente.

Cuota Parte

Sociedad anterior conyugal no disuelta y derecho a percibir
Cónyuge y Compañero permanente.

Partes Iguales

Convivencia simultánea durante los 5 años anteriores a la muerte.
Cónyuge con separación de hecho y Compañero permanente.

Partes Iguales

Inexistencia de convivencia simultánea, acreditación por parte del cónyuge de la separación de hecho, compañero permanente con convivencia durante los 5 años anteriores a la muerte.
Cónyuge o Compañero permanente menor de 30 años de edad.

Temporal: 20 años

No haber procreado hijos con el causante.
Cónyuge o Compañero permanente menor de 30 años de edad.

Vitalicia

Haber procreado hijos con el causante y demuestre vida marital durante los 5 años anteriores a la muerte.

Demanda Pensión de Sobreviviente en Colombia.

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