Sistema General de Pensiones

Fondo de Solidaridad Pensional en Colombia

By 16 de febrero de 2018 No Comments

Es un Fondo especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrito al Ministerio del Trabajo.

Tiene por objeto o finalidad, subsidiar las cotizaciones para pensiones de las personas que, por sus características y condiciones económicas no tienen acceso a los Sistemas de Seguridad Social. Como por ejemplo, el otorgamiento de subsidios económicos para la protección de adultos mayores en estado de indigencia o de pobreza extrema.

A continuación, se describen algunas personas, que pueden acceder al subsidio:

  • Las madres cabezas de familia o comunitarias
  • Trabajadores independientes rurales y urbanos
  • Las personas discapacitadas
  • Los deportistas
  • Los músicos y compositores
  • Artistas independientes,
  • Desempleados
  • Adulto mayor en estado de indigencia, entre otros. 

¿Que clase de personas cotizan y subsidian el Sistema de Solidaridad Pensional?

El fondo lo subsidia, inicialmente por los afiliados al Sistema General de Pensiones, con ingresos mensuales iguales o superiores a 4 salarios mínimos vigentes, cuyo monto adicional a cotizar es, del 1 (%) por ciento, sobre el ingreso base de cotización.

Los trabajadores afiliados con ingresos mensuales superiores a 16 salarios mínimos mensuales, tienen que hacer un aporte adicional.

Como por ejemplo:

  • 16 a 17     S.M.M.L.V.   más (0.2 %)
  • De 17 a 18     S.M.M.L.V.   +  (0.4 %)
  • 18 a 19     S.M.M.L.V.   más (0.6 %)
  • De 19 a 20    S.M.M.L.V.   + (0.8 %)
  • Más de 20    S.M.M.L.V.    más (1 %)

Afiliación al sistema general de pensiones
Subsidio para madres comunitarias pensión de vejez
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Franklin Buitrago Vivas

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Despacho jurídico experto en la solución integral de litigios judiciales en Pensiones. Liderado por el Abogado Franklin Buitrago Vivas, especialista en pensiones y derecho administrativo laboral de la Universidad Externado de Colombia.

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