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Derecho a la Pensión Sobreviviente entre la Cónyuge y Compañera Permanente. Cuadro comparativo.

Mediante el siguiente cuadro comparativo, se pueden establecer las condiciones y las modalidades de la pensión de sobreviviente, a las que pueden tener derecho la cónyuge y la compañera permanente.

BENEFICIARIO PENSIÓN SOBREVIVIENTE

MODALIDAD PENSIÓN SOBREVIVIENTE

CONDICIONES

Cónyuge o Compañero permanente, mayor de 30 años de edad.

Vitalicia

Edad cumplida al momento del fallecimiento y demuestre vida marital durante los 5 años anteriores a la muerte.
Compañero permanente.

Cuota Parte

Sociedad anterior conyugal no disuelta y derecho a percibir
Cónyuge y Compañero permanente.

Partes Iguales

Convivencia simultánea durante los 5 años anteriores a la muerte.
Cónyuge con separación de hecho y Compañero permanente.

Partes Iguales

Inexistencia de convivencia simultánea, acreditación por parte del cónyuge de la separación de hecho, compañero permanente con convivencia durante los 5 años anteriores a la muerte.
Cónyuge o Compañero permanente menor de 30 años de edad.

Temporal: 20 años

No haber procreado hijos con el causante.
Cónyuge o Compañero permanente menor de 30 años de edad.

Vitalicia

Haber procreado hijos con el causante y demuestre vida marital durante los 5 años anteriores a la muerte.

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